Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones fácticas para su declaratoria
- Competencia para hacer seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-025/04
- Seguimiento de las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025/04
- Garantía efectiva de participación política de las víctimas
- Vulnerabilidades previas y sobrevinientes de víctimas de desplazamiento en el contexto de la pandemia COVID-19
- Improcedencia
- Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 resuelve las peticiones formuladas por las mesas de participación efectiva de víctimas relacionadas con: i) decretar como medida cautelar la suspensión de la Resolución 01668 de 2020, en lo que respecta a la realización de las elecciones virtuales o por medio de voto remoto contempladas en dicho acto administrativo 2º. retomar la declaración del Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en materia de participación de víctimas de desplazamiento forzado y; iii) la presunta ausencia de protocolos étnicos de participación.
Luego de analizar cada una de las pretensiones la Corte decidió negar la primera, abstenerse de retomar la declaratoria del ECI y ordenar Ministro del Interior y al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que, luego de adelantar un proceso de consulta previa, dentro de los seis meses siguientes a la notificación de esta providencia y mediante acto administrativo, expidan el Protocolo que garantice el derecho a la participación de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes, conforme lo dispuesto en la orden duodécima del Auto 266/17.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. NEGAR la solicitud de suspensión de la Resolución 01668 de 2020 elevada por la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas, por los motivos expuestos en la presente decisión.
- Segundo. ABSTENERSE de retomar la declaratoria del estado de cosas inconstitucional en materia del derecho a la participación efectiva de las víctimas de desplazamiento forzado por las razones expuestas en esta providencia.
- Tercero. ORDENAR, al Ministro del Interior y al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que, luego de adelantar un proceso de consulta previa, dentro de los seis (6) meses siguientes a la notificación de esta providencia y mediante acto administrativo, expidan el Protocolo que garantice el derecho a la participación de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes, conforme a lo dispuesto en la orden duodécima del Auto 266 de 2017.
- De igual forma, dentro de los 3 días siguientes al vencimiento de dicho término, deberán presentar a la Sala un informe sobre el cumplimiento de la orden que antecede.
- Cuarto. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión al Ministerio de Interior, a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, a la Contraloría Delegada para el Posconflicto, a la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos, a la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, a la Defensoría del Pueblo y a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas, a las direcciones electrónicas que se incluyen en el Anexo I de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.