A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Rincon Osorio Irley·Demandado Municipio De Ataco
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Chaparral (Tolima) y el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral formulada por un ciudadano en contra del municipio de Ataco, para que se declarara la existencia de un contrato de trabajo como operador de volqueta para la ejecución de un proyecto de mantenimiento de vías terciarias del ente territorial, así como el reconocimiento de las prestaciones a las que hubiera lugar.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión del Auto 492/21 mediante la cual se estableció que, conforme al artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de los asuntos en los que se discuta la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Chaparral y el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué, en el sentido de declarar que el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por el señor Irley Rincón Osorio en contra del municipio de Ataco.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4429 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo el Juzgado Civil del Circuito de Chaparral.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.