Micelio
Auto16 de julio de 2014

A- de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Fernando Jose Jeremias Villamil Y Otra·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Conserva competencia preferente para intervenir en cumplimiento de sus providencias
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
Accion De Tutela En Materia De Reconocimiento Y Pago De Cesantias Parciales
  • Competencia del juez de primera instancia para dar cumplimiento a sentencia T-053/14
  • No asumir trámite de solicitud de cumplimiento de sentencia T-053/14
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la sentencia T-053/14.

Los peticionarios pretenden que la Corte procure el cumplimiento de lo dispuesto en el fallo de la referencia, en razón a la omisión de la entidad accionada.

La Corte encuentra que no se materializa ninguna circunstancia excepcional que permita inaplicar la regla general de competencia, conforme a la cual es el juez de primera instancia quien debe velar por el cumplimiento de las sentencias de tutela.

La Sala decide no asumir el trámite de cumplimiento solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NO ASUMIR el trámite de la solicitud de cumplimiento incoada por los ciudadanos Fernando José Jeremías Villamil y Liceth Joana Córdoba Guerrero.
  2. Segundo. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Otanche -Boyacá- la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-053 de 2014, para que determine lo de su competencia.
  3. Tercero. Por medio de la Secretaría General de esta Corte, INFORMAR a los solicitantes del trámite otorgado a su solicitud.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.