Micelio
Auto7 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Juzgado Municipal De Pequeñas Causas Laborales De Popayan·Demandado Fernandez Ramirez Jonny Arturo

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Corte Constitucional Carece De Competencia Para Dirimir Conflicto-Conflicto Entre Dos Autoridades Para Conocer De Una Investigación Disciplinaria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Procuraduría Provincial de Instrucción de Popayán y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Cauca.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la decisión de una autoridad judicial de compulsar copias en contra de un auxiliar de la justicia, por las presuntas irregularidades en las que incurrió en el desempeño de su cargo como secuestre.

Específicamente, por no rendir cuentas de la administración de un establecimiento de comercio, pese a las repetidas ocasiones en que le fueron solicitadas.

Recordó la Corte que no tiene competencia para resolver disputas que se presenten entre una autoridad administrativa y una judicial en torno a una actuación disciplinaria.

Reiteró así mismo, que dicha facultad recae en la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, según lo dispuesto en los artículos 39 y 112.10 de la Ley 1437 de 2011.

Con base en lo anterior, la Sala Plena se declara inhibida y dispone remitir el expediente a la precitada Corporación, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3822 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.