Micelio
Auto26 de abril de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El Personero del municipio de Pueblo Rico (Risaralda) le solicitó a la Corporación analizar el eventual incumplimiento de los planes de retorno de las comunidades indígenas de los pueblos Embera Katío y Embera Chamí desplazadas en las ciudades de Bogotá y Cali.

Con base en lo anterior, también pidió dar apertura a un incidente de desacato en contra de las autoridades responsables de dichos planes.

La Sala dispuso requerir al memorialista para que especifique qué orden u órdenes proferidas por la Corporación en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-025/04 fueron presuntamente incumplidas y qué autoridades son responsables del cumplimiento de dichos mandatos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Unico.- REQUERIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Personero municipal de Pueblo Rico (Risaralda) para que especifique (i) que orden u ordenes proferidas por esta Corporacion en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004 fueron presuntamente incumplidas; y (ii) que autoridades son responsables del cumplimiento de dichos mandatos.
  2. Lo anterior, dentro del termino de cinco (05) dias contados a partir de la comunicacion de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.