Micelio
Auto5 de mayo de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Henrry Anderson Gil Escobar·Demandado Juzgado Promiscuo Municipal De Santa Rosa De Lima

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Sexto de Familia del Circuito de Cartagena y el Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Barranquilla.

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos despachos expusieron una serie de argumentos respecto al lugar donde se produjo la vulneración y los efectos de la violación de derechos fundamentales alegada por la parte accionante.

La Corte considera que, en virtud de la competencia “a prevención” establecida por la ley para el factor territorial, es el juzgado de la ciudad de Cartagena la autoridad competente para tramitar y resolver la acción de tutela deprecada.

Se ordena remitir el expediente a esta autoridad para que, de manera inmediata adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Así mismo, se le hace una advertencia para que en lo sucesivo se abstenga de rechazar las acciones de tutela respecto de las que estime que carece de competencia, en cuanto ello no se enmarca en ninguna de las causales e rechazo existentes en el ordenamiento jurídico colombiano.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 7 de abril de 2021, proferido por el Juzgado
  2. Sexto. de Familia del Circuito de Cartagena, mediante el cual se declaró sin competencia para conocer de la acción de tutela formulada por el señor Henrry Anderson Gil Escobar, en nombre propio, y en representación de su hija Luciana Gil Cerchiaro, en contra del Juzgado Promiscuo Municipal de Santa Rosa de Lima Bolívar.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3983 al Juzgado
  4. Sexto. de Familia del Circuito de Cartagena, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en el presente asunto.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Sexto. de Familia del Circuito de Cartagena que se abstenga de rechazar las acciones de tutela respecto de las que estime que carece de competencia, en cuanto ello no se enmarca en ninguna de las causales de rechazo existentes en el ordenamiento jurídico colombiano.
  7. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante, Henrry Anderson Gil Escobar y al Juzgado
  8. Primero. Civil del Circuito Oral de Barranquilla, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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