Micelio
Auto17 de mayo de 2017

A- de 2017

Ponente José Antonio Cepeda Amarís

Demandante Narces Aristizabal Agudelo·Demandado Fiscalia General De La Nacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Pereira, Sala Penal y el Tribunal Superior de Arauca, Sala Única.

Por ser evidente que el lugar en donde se presenta la posible infracción de los derechos fundamentales del actor es el municipio de Santa Rosa de Cabal, perteneciente al circuito judicial de Pereira, considera la Sala que el Tribunal Superior de Risaralda es el competente para dirimir el asunto.

En consecuencia, se ordena remitir el expediente a dicha Corporación, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 25 de noviembre de 2016 del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pereira - Risaralda, dentro de la acción de tutela de Narces Aristizabal Agudelo en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Fiscalía 41 Seccional de Tame - Arauca.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2827 al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pereira - Risaralda, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Tame - Arauca, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.