A- de 2017
Ponente José Antonio Cepeda Amarís
✓Demandante William Perez Cardenas·Demandado Pro Orinoquia Llanos Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Efectos inter partes
- Efectos inter comunis
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Villavicencio y el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Villavicencio.
Con base en el planteamiento formulado por el actor en su escrito de tutela y el alcance inter comunis dado por la Corporación a la Sentencia T-088/11, considera la Sala que lo que se plantea en la demanda es en realidad una solicitud de cumplimiento a la orden dada en el mencionado fallo.
En consecuencia, se dispone el envío del escrito al juez que conoció en primera instancia del proceso correspondiente a la providencia precitada, para que decida de fondo sobre el mismo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 23 de noviembre de 2016, por medio del cual el Juzgado 4º Penal Municipal de Conocimiento de Villavicencio, se abstuvo de impartir trámite a la solicitud de cumplimiento al interior de la acción de tutela que dio lugar a la Sentencia T-088 de 2011, promovida por el ciudadano William Pérez Cáceres.
- SEGUNDO. Por Secretaría General de esta Corporación, REMÍTASE al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Conocimiento de Villavicencio, la solicitud contenida en el expediente ICC 2818, a fin de que, sin más dilaciones, resuelva materialmente la solicitud de cumplimiento invocada respecto de la Sentencia T-088 de 2011.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNÍQUESE la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.