Micelio
Auto7 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Otro·Demandado Pablo

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida - Guainía y los resguardos indígenas Puvanine, Piacoco de Paujil y Remanso Chorrobocón.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra un ciudadano por la presunta comisión de un delito sexual en contra de una persona menor de edad.

En dicha causa, se solicitó la remisión del expediente a la jurisdicción especial indígena, porque el implicado pertenece a una etnia y reside en su resguardo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y de reiterar jurisprudencia sobre la Jurisdicción Especial Indígena y los presupuestos para el reconocimiento de su fuero, concluyó la Corte que el presente que la jurisdicción ordinaria es la competente para continuar con la investigación.

Consideró la Sala que, a pesar de que la comunidad demostró contar con una institucionalidad en su interior para juzgar las conductas que consideran nocivas, no fue posible acreditar las garantías con las que cuenta la menor dentro del proceso y cómo estas son suficientes para juzgar y sancionar conductas que menoscaben los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes atendiendo a la particular relevancia de los derechos que tiene este grupo de especial protección constitucional.

Así mismo, debido a que existen dudas sobre si la institucionalidad con la que cuenta la comunidad resultaría aplicable a la conducta que se investiga.

Con base en lo anterior, se remitió el expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los y las interesadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida y el Resguardo Indígena Puvanine y Piacoco de Paujil, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida es la autoridad competente para conocer de la investigación adelantada contra Pablo, por la presunta comisión del delito de acceso carnal abusivo en menor de 14 años agravado.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1304 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Inírida, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los y las interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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