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A. 2070/23
Auto7 de septiembre de 2023

Sentencia A. 2070/23

Corte Constitucional·7 de septiembre de 2023·Ponente Natalia Ángel Cabo

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel de la fuente publicada
A2070-23


REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004

 

AUTO 2070 DE 2023

 

Referencia: traslado de los informes allegados en el marco de las sesiones técnicas convocadas en los autos 310, 1291 y 1990 de 2023.

 

Magistrada sustanciadora:

Natalia Ángel Cabo.

 

Bogotá D.C., siete (07) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).

 

La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente providencia con fundamento en las siguientes:

 

ANTECEDENTES

 

1.                 El auto 1291 de 2023, con base en la propuesta metodológica gubernamental[1], convocó a seis (6) sesiones técnicas para la presentación y discusión de la información relacionada con la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en materia de desplazamiento forzado. Igualmente, solicitó al Gobierno Nacional[2], al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República y a la Mesa Nacional de Víctimas presentar un informe preliminar sobre el estado actual del Estado de Cosas Inconstitucional[3] y un informe final como resultado de las referidas sesiones técnicas. Lo anterior, bajo los parámetros definidos por esta Corporación[4]. Igualmente, este despacho invitó a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados a presentar la información que consideren pertinente dentro del cronograma adoptado[5].

 

2.                 En cumplimiento de lo anterior, esta Corporación recibió los siguientes documentos:

 

Remiente

Título

Unidad para las Víctimas; Departamento Nacional de Planeación.

Informe anual del gobierno nacional vigencia 2022.

Contraloría General de la República.

Respuesta a la honorable Corte Constitucional - Auto 1291 de 2023 orden quinta.

Defensoría del Pueblo.

Informe defensorial sobre falencias, bloqueos institucionales y practicas institucionales encontradas en la superación del ECI, sentencia T-025 de 2004, auto 1291 de 2023.

Procuraduía General de la Nación.

Informe anual de 2023 para los diálogos de las sesiones técnicas convocadas por los autos 310 y 1291 de 2023.

Organización Nacional Indígena de Colombia.

Dinamicas y desafios actuales del desplazamiento indigena forzado por la violencia – DIFV.

 

3.                 Con el propósito de favorecer el diálogo en las sesiones técnicas convocadas, este despacho dará traslado de los citados documentos al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora de la Unidad para las Víctimas y el director del Departamento Nacional de Planeación, al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, a la Mesa Nacional de Víctimas, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y a la Organización Nacional Indígena de Colombia.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Único. REMITIR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, los documentos referidos en el fundamento dos del presente auto al Gobierno Nacional, en cabeza de la directora de la Unidad para las Víctimas y el director del Departamento Nacional de Planeación, al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, a la Mesa Nacional de Víctimas, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y a la Organización Nacional Indígena de Colombia.

 

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

 

 

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada



[1] La propuesta fue presentada por el Gobierno nacional en virtud del auto 310 de 2023.

[2] Orden segunda del auto 1291 de 2023.

[3] Orden quinta del auto 1291 de 2023.

[4] Cfr. Autos 310 y 1291 de 2023.

[5] Orden sexta del auto 1291 de 2023.