Micelio
Auto18 de mayo de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Maria Hortencia Sarmiento·Demandado Caja Promotora De Vivienda Militar Y De Policia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reiteración auto A.124/09
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Paz de Ariporo y el Tribunal Administrativo de Casanare, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Sala Plena, considerando que la controversia presentada por los despachos judiciales precitados está amparada únicamente en las reglas de reparto del Decreto 1382 de 2000, advierte que en el presente caso no se existe ni siquiera un conflicto aparente de competencias y que el conocimiento de solicitud de amparo deber ser asumido por la autoridad a quien primero fue repartida, esto es, el Tribunal Administrativo de Canasare, a quien se dispone remitir el expediente para que, de forma inmediata tramite y resuelva la acción de tutela formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 26 de noviembre de 2015 proferido por el Tribunal Administrativo de Casanare, dentro del expediente ICC-2361.
  2. SEGUNDO. ORDENAR la remisión del expediente ICC-2361 al Tribunal Administrativo de Casanare, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar, dentro de la acción de tutela presentada por la señora María Hortensia Sarmiento contra la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.
  3. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada a las partes y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Paz de Ariporo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.