A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Osorio Grisales Maria Enoe
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con la presente providencia se corrige el error mecanográfico que aparece en la parte resolutiva, respecto del número de radicado del proceso en la Corte Constitucional.
Puntualmente, el numeral segundo de la parte resolutiva del auto ordena remitir el “CJU-3947” al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia; cuando el asunto correspondía al análisis del “CJU-3647”.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (24 puntos)
- PRIMERO. CORREGIR el numeral
- segundo. de la parte resolutiva del Auto 1187 del 21 de junio de 2023, el cual quedará así: "REMITIR el expediente CJU-3647 al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión."
- Notifíquese y cúmplase,
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- Ausente con permiso
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- Ausente con permiso
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.