Micelio
Auto7 de febrero de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Avila Ortiz Hernan Miguel·Demandado Empresa De Servicios Municipales Y Regionales Ser Regionales Y Otro

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral-Controversias Sobre Relaciones Laborales Con Empresas De Servicios Temporales Cuando La Entidad Pública Es Usuaria Y La Regla De Vinculación Es De Trabajador Oficial
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Laboral del Circuito de Girardot y el Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot.

La controversia se origina en demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, en contra de la Empresa de Servicios Municipales y Regionales «Ser-Regionales» y Enlaces Temporales S.A E.S.T., en la que solicita que se declare que existió un contrato realidad entre las partes y, por ende, se les condene, entre otros, al pago de las acreencias laborales surgidas del mismo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere el precedente de los Autos 1159 de 2021 y 1728 de 2023 y siguiendo las disposiciones del numeral 4° del artículo 105 del CPACA y del numeral 1° del artículo 2 del CPTSS. decide que, la especialidad laboral de la Jurisdicción Ordinaria es la competente para tramitar las demandas promovidas por los empleados en misión para obtener el reconocimiento de una relación laboral con la respectiva empresa de servicios temporales y con la entidad pública usuaria, siempre que la regla general de vinculación de esta última sea la de los trabajadores oficiales y que, en principio, no pueda desvirtuarse la aplicación de esa regla.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Laboral del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Laboral del Circuito de Girardot y el Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Laboral del Circuito de Girardot conocer sobre la demanda presentada por el señor Hernán Miguel Ávila Ortiz contra la Empresa de Servicios Municipales y Regionales "Ser-Regionales" y Enlaces Temporales S.A E.S.T.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4613 al Juzgado Laboral del Circuito de Girardot para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 1 Administrativo del Circuito de Girardot y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.