A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Marienis Benjumea Castilla·Demandado Alcaldia De Valledupar Y Otras Autoridades
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar y el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en ese caso sólo se produjo un conflicto aparente, en la medida en que la controversia no se basó en uno de los factores de competencia previstos constitucional o legalmente para ello, sino en las normas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Quinto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para que, de forma inmediata, tramite la impugnación que fue presentada por la parte demandante.
Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en la norma que utilizó, en tanto ello desconoce la reiterada jurisprudencia constitucional, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 17 de julio de 2023 emitido por el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar, dentro del trámite de tutela promovido por la señora Marienis Benjumea Castilla en contra del municipio de Valledupar.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4485 al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar, para que, de forma inmediata, tramite la impugnación presentada por la señora Marienis Benjumea Castilla.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción de tutela.
- Cuarto. ADVERTIR (i) al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para que, en lo sucesivo, proponga los conflictos de competencia cuando considere que no ostenta la competencia para conocer un asunto y otra autoridad judicial ya se hubiese pronunciado en igual sentido. Asimismo, (ii) que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996.
- Quinto. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.