Micelio
Auto29 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Tobon Torres Jose Alejandro·Demandado Suarez Perez Jacinto

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto remitido por la Inspección Diecisiete de Policía Urbana de Barranquilla.

La causa por la cual se deriva el presente asunto se circunscribe a una querella policiva por perturbación de la posesión y servidumbre que inició su trámite ante la inspección de la referencia, ante quien el Gobernador Mayor de la comunidad indígena Mokaná del municipio de Tubará (Atlántico) solicitó el traslado de las diligencias a la jurisdicción especial indígena, alegando que los bienes en disputa pertenecían a su resguardo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se evidenció que no se satisfizo el subjetivo, toda vez que la inspección involucrada, luego de la intervención de la autoridad indígena, procedió a remitir el caso a la Corte Constitucional sin manifestar si reclamaba o no la competencia del asunto.

Con base en lo anterior, la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del caso a la Inspección Diecisiete de Policía de Barranquilla, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el proceso puesto en conocimiento por la Inspección Diecisiete de Policía Urbana de Barranquilla, bajo la referencia CJU-3979, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3979 a la Inspección Diecisiete de Policía de Barranquilla, para que proceda con lo de su competencia y COMUNIQUE la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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