Micelio
Auto12 de diciembre de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Esther Luisa Mendez De Urbina·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Reserva De Nombre
  • Requisitos
  • No procede por cuanto carece de la exposición de razones que justifiquen la excepción a la regla general de publicidad de las providencias de la Corte Constitucional
  • Carácter excepcional
Corte Constitucional
  • Puede decidir si mantiene en reserva los nombres reales de los actores de un proceso de tutela, con la finalidad de proteger los derechos fundamentales
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de anonimización de la Sentencia T-409/18.

La memorialista le pidió a la Corte proteger sus datos y los de su señora madre y para el efecto indicó que, al colocar sus nombres en las páginas de internet, en los buscadores se encuentra abierta, legible e identificable y a su vez vulnerable sus datos hacia cualquier tipo de público.

Adujo que ya no eran funcionarios públicos y que tenían el derecho a la privacidad de información.

Revisado el asunto encontró la Sala que el requerimiento no cumple con los requisitos de la Circular Interna 10 de 2022, que se presentó seis años después de publicada la sentencia y que la carga argumentativa fue deficiente para desvirtuar la regla general de publicación íntegra de las providencias.

Además de lo anterior, encontró que en el referido fallo las referencias que se hacen de la peticionaria son de manera tangencial para indicar que es hija de la accionante y que trabaja en una farmacia, sin que dicha información se enmarque en alguno de los supuestos previstos en la referida Circular.

Con base en lo anterior, la Sala se abstuvo de ordenar la reserva de nombres pretendida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. ABSTENERSE de ordenar la reserva de nombres solicitada por la señora Lida Nury Urbina Méndez, por las razones expuestas en el presente auto.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, INFORMAR el contenido de esta providencia a la señora Lida Nury Urbina Méndez.
  3. Tercero. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.