A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Caja De Compensacion Del Huila Comfamiliar·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre recobros al Estado por servicios y tecnología en salud con cargo a la UPC del régimen subsidiado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Neiva y el Juzgado Quinto Administrativo de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó Comfamiliar Huila EPS-S en contra de la ADRES y otros, pretendiendo el pago de la suma de dinero correspondiente al valor que, de conformidad con la liquidación mensual de afiliados2, están a cargo de las entidades territoriales por concepto de esfuerzos propios en la administración de recursos del Régimen Subsidiado y que tienen sustento en los servicios en salud prestados por la entidad demandante.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 721 de 2021 en virtud del cual se estableció que, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan reclamar el pago de la UPC al Estado por prestaciones del antes POS, hoy PBS UPC, corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con la cláusula general de competencia prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que se trata de controversias de carácter exclusivamente económico contra entidades públicas, donde se cuestiona el pago de un valor liquidado dentro de un procedimiento de carácter administrativo a cargo del Estado.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Neiva (Huila), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las sujetos procesales y partes interesadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Neiva (Huila) y el Juzgado
- Quinto. Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Administrativo de Neiva (Huila) es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Comfamiliar Huila contra la Adres, el departamento del Huila - Secretaría Departamental de Salud del Huila y el municipio de Villavieja (Huila).
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3863 al Juzgado
- Quinto. Administrativo de Neiva (Huila), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a las sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.