Micelio
Auto4 de diciembre de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Jorge Sebastian Pabon·Demandado Direccion De Impuestos Y Aduanas Nacionales Dian

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 7 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín y el Juzgado 003 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Santiago de Cali.

La controversia entre las precitadas autoridades se originó porque la primea fundamentó su incompetencia en las reglas que rigen el fenómeno de la tutela masiva.

Dicho despacho expuso con suficiente rigor demostrativo las razones por las cuales se presentó la triple identidad exigida por la jurisprudencia constitucional para que se presente dicha situación.

Se dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 3 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Santiago de Cali para que, de forma inmediata, inicie el trámite de amparo y dicte la decisión a que haya lugar.

Se advirtió al precitado operador jurídico que, siempre que proponga un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto dictado el 25 de octubre de 2024 por el Juzgado 003 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Santiago de Cali, en el marco de la acción de tutela promovida por Nixon Geovanny Lizcano Santana contra el Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4842 al Juzgado 003 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Santiago de Cali para que, de forma inmediata, inicie el trámite de amparo y dicte la decisión a que haya lugar dentro de la acción de tutela presentada por el accionante.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado 003 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Santiago de Cali que, siempre que proponga un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550 de 2018.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado 007 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.