Micelio
Auto10 de diciembre de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Grupo De Ciudadanos Denominado: Deportistas De Tiro Con Arco De Madrid Cundinamarca·Demandado Municipio De Madrid Cundinamarca, Secretaria De Infraestructura

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Civil Municipal de Madrid (Cundinamarca) y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Facatativá (Cundinamarca).

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho adujo que se trataba de una acción de cumplimiento.

Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Civil Municipal de Madrid para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en futuros casos, no transforme o adecúe la demanda de tutela bajo la consideración de que los derechos invocados no son fundamentales sino colectivos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de julio de 2025 proferido por el Juzgado 001 Civil Municipal de Madrid, con ocasión de la acción de tutela interpuesta por el grupo de deportistas de tiro con arco de Madrid - Cundinamarca y sus familiares contra la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos, la Secretaría de Educación y el Municipio de Madrid (Cundinamarca).
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5175 al Juzgado 001 Civil Municipal de Madrid para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar dentro del expediente de tutela referenciado.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil Municipal de Madrid que, en futuros casos, no transforme o adecúe la demanda de tutela bajo la consideración de que los derechos invocados no son fundamentales sino colectivos.
  4. CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Facatativá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.