Micelio
Auto29 de abril de 2021

A- de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Harold Eduardo Sua Montaña

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Debido Proceso, A La Buena Fe Y Al Acceso A La Administracion De Justicia
  • Deber de las partes y sus apoderados abstenerse de obstaculizar el desarrollo de las diligencias
Poder Correctivo Del Juez
  • Facultad para imponer la sanción de multa, según artículo 147 del C.G.P.
Pertinencia De La Recusacion
  • Criterio para determinarse
  • Requisitos
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recusación formulada en contra del magistrado Jorge Enrique Ibañez Najar.

El memorialista pretende que el precitado magistrado se separe del conocimiento de la solicitud de nulidad del Auto 433/20, mediante el cual se resolvió el recurso de súplica contra el auto de rechazo de la demanda de la referencia.

La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR la recusación invocada, tras encontrar su falta de suficiencia argumentativa y, en consecuencia, carecer de pertinencia.

Además de lo anterior, se advierte al memorialista que, en el futuro, de continuar presentando solicitudes, recursos o recusaciones infundadas y abiertamente improcedentes, la Corte ejercerá los correspondientes poderes correctivos, en pro de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR, por falta de pertinencia, la recusacion formulada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montana, en contra del Magistrado Jorge Enrique Ibanez Najar.
  2. Segundo. ADVERTIR al ciudadano Harold Eduardo Sua Montana que, en el futuro, de continuar presentando solicitudes, recursos o recusaciones infundadas y abiertamente improcedentes, esta Corte ejercera los correspondientes poderes correctivos, en pro de garantizar el correcto funcionamiento de la administracion de justicia.
  3. Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.