A- de 2019
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Sociedad De Activos Especiales Sae Sas·Demandado Secretaria De Hacienda Municipal De Monteria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Catorce Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Montería.
La controversia se generó por las diferentes interpretaciones que hicieron los despachos involucrados respecto del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos juzgados son competentes para tramitar la solicitud de amparo, la Corte dispone respetar la elección que a prevención hizo la sociedad accionante y ordena enviar el expediente a la autoridad judicial de la ciudad de Barranquilla, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
La Sala advirtió al otro juzgado que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 12 de marzo de 2019 proferido por el Juzgado Catorce Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Barranquilla (Atlantico), dentro del tramite de la accion de tutela formulada por la Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S. contra la Secretaria de Hacienda Municipal de Monteria (Cordoba).
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3607 al Juzgado Catorce Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Barranquilla (Atlantico) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Monteria (Cordoba) que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Monteria (Cordoba) la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.