Micelio
Auto26 de septiembre de 2005

A- de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Juan Carlos Rojas Ceron

Tema · dato duro
Impedimento Presentado Por El Procurador General De La Nación Y El Viceprocurador General De La Nación Para Rendir Concepto Por Haber Participado En La Comision Y Subcomisión Redactora Del Proyecto De Ley Que Dio Origen Al Nuevo Codigo De Procedimiento Penal. Demanda De Inconstitucionalidad Contra Los Articulos 100 Y 104 (Parcial) De La Ley 906 De 2004. Aceptar El Impedimento Manifestado Por El Procurador Y El Viceprocurador General De La Nación
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por el senor Procurador, doctor Edgardo Jose Maya Villazon para emitir concepto de fondo en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5881, por las razones expuestas.
  2. Segundo. ACEPTAR el impedimento manifestado por el senor Viceprocurador General de la Nacion, doctor Carlos Arturo Gomez Pavajeau, para emitir concepto de fondo en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5881, por las razones expuestas.
  3. TERCERO. ORDENAR que una vez levantada la suspension, por Secretaria General de la Corte Constitucional se REMITA el expediente al senor Procurador General de la Nacion, para que proceda con la designacion del funcionario que habra de rendir, dentro del termino que aun resta, el concepto de fondo a que hace referencia el articulo 278-5 de la Constitucion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.