Micelio
Auto3 de septiembre de 2002

A- de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luis Alfonso Cano Bolaño

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin efecto la providencia proferida por la Corte Suprema de Justicia –Sala de Casación Penal-, mediante la cual se declaró la nulidad de lo actuado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en la tutela interpuesta por el ciudadano de la referencia.

La Corte explicó que para este caso resulta procedente es ordenar que se decida, en segunda instancia sobre la impugnación a la sentencia de 4 de junio de 2002 proferida en esta acción de tutela por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, tal como lo señala el Art. 86 de la Constitución y al Decreto 2591 de 1991.

En consecuencia, se remitió el expediente a la citada Sala de la Corte Suprema de Justicia para que decida de mérito, como juzgador de segunda instancia sobre la impugnación de que fue objeto la sentencia pronunciada por el mencionado Tribunal en la tutela objeto de estudio.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Dejar sin efecto la providencia de 16 de julio de 2002 proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal-, mediante la cual se declaro la nulidad de lo actuado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en la accion de tutela interpuesta por el ciudadano Luis Alfonso Cano Bolano, por las razones expuestas en este auto.
  2. Segundo. Remitase el expediente a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal-, para que, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia decida de merito, como juzgador de segunda instancia sobre la impugnacion de que fue objeto la sentencia pronunciada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla -Sala Penal- en la accion de tutela promovida por el ciudadano Luis Alfonso Cano Bolano a que ella se refiere.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.