A- de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se corrigen los párrafos 2.7.1. y 2.7.2 de la sentencia T-415/1, en cuanto a precisar que la solicitud que elevó el actor ante la Unidad de Restitución de Tierras- Dirección Territorial del Meta.
No se hizo respecto del Registro Único de Predios y Territorios Abandonados por los Desplazados por la Violencia (RUPTA), sino en relación con el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF)
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Segunda de Revision de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
- RESUELVE
- Primero. Corregir los parrafos 2.7.1. y 2.7.2. de la sentencia T-415 de 2013. En consecuencia sustituir del parrafo 2.7.1 la frase "Registro Unico de Predios y Territorios Abandonados por los desplazados por la violencia (RUPTA)" y en su lugar INCLUIR "Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF)"; asi mismo, ELIMINAR del parrafo 2.7.2. las siglas "RUPTA", y en su lugar, INCLUIR las siglas "RTDAF".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.