A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Mendoza Gonzalez Miguel Antonio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 03 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 04 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos se originó en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que presentó Colpensiones en contra de la resolución mediante la cual la entidad reconoció y ordenó el pago de una pensión de vejez en favor de uno de sus afiliados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión adoptada en el Auto 316/21, mediante el cual se estableció que, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto es competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 03 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para lo pertinente y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo y la Jurisdicción Ordinaria, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 03 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla el conocimiento de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que formuló Colpensiones en contra de Miguel Antonio Mendoza González a raíz de las Resoluciones GNR 095483 del 15 de mayo de 2013; y GNR176032 del 09 de julio de 2013.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3801 al Juzgado 03 Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, para lo de su competencia, y para que les notifique esta decisión a las partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.