A-198/26 de 2026
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.
El jefe del Ministerio Público consideró que estaba impedido para rendir concepto en el proceso de la referencia, por estar incurso en la causal consistente en haber intervenido en la expedición de las normas objeto de control.
Ello, por cuanto participó de forma verbal y escrita durante el trámite legislativo en ejercicio de las funciones de secretario general del Senado de la República.
Al hacer el respectivo análisis concluyó la Sala Plena de la Corporación que el Procurador General de la Nación participó de forma activa y determinante en la expedición del proyecto de ley revisado y en aspectos sobre los que la Corte debe ejercer control de constitucionalidad.
Con base en lo anterior declaró FUNDADA la manifestación de impedimento invocada y, en consecuencia, decidió correr traslado Viceprocurador General de la Nación, por el término restante al otorgado inicialmente al señor Procurador, para que rinda el concepto correspondiente.