A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Caldera Agamez Antonio·Demandado Empresa Social Del Estado Ese Cartagena De Indias De Corozal Sucre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado Primero Civil del Circuito con Funciones Laborales del mismo municipio.
Dicha controversia se originó sobre la competencia para conocer la demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano en contra de la Empresa Social del Estado – ESE Cartagena de Indias de Corozal, Sucre, pretendiendo la ratificación del contrato a término fijo que había suscrito con la ESE por haber desempeñado el cargo de celador, al igual que la declaratoria de un despido injusto.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte estableció como regla de decisión que, la Jurisdicción Ordinaria Laboral es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para declarar la nulidad de la terminación de un contrato a término fijo suscrito con una empresa social del Estado para el desempeño de labores de celaduría y su consecuente reintegro, de conformidad con el artículo 2 del CPTSS.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito con funciones Laborales de Sincelejo, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales del mismo municipio, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales de Sincelejo es la autoridad competente para conocer la demanda ordinaria laboral promovida por que el señor Antonio Caldera Agamez en contra de la Empresa Social del Estado - ESE Cartagena de Indias de Corozal, Sucre.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3720 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito con Funciones Laborales de Sincelejo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.