A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante José Obed Rodríguez Castro·Demandado Dirección Ejecutiva Seccional De Administración Judicial De Bogotá Y Cundinamarca / Juzgado 17 Penal Municipal Con Función De Conocimiento De Bogotá
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho, con fundamento en la existencia de un presunto reparto caprichoso, se apartó de la impugnación presentada contra el fallo de primera instancia decretó la nulidad de lo actuado y remitió las diligencias a los jueces administrativos de Bogotá, en aplicación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de segunda instancia a la que haya lugar. se hizo una advertencia a la precitada Corporación para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia constitucional sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en particular las reglas reiteradas en la presente providencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 9 de diciembre de 2022, dentro del expediente ICC-4336.
- SEGUNDO. REMITIR a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el expediente ICC-4336 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la impugnación presentada por el señor José Obed Rodríguez Castro en el marco del proceso de tutela por él iniciado contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá y el Juzgado 17 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, en lo sucesivo, deberá observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en particular las reglas reiteradas en la presente providencia.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.