A- de 2013
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Ricardo Javier Becerra Restrepo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Recurso de súplica
- Rechazar recurso de súplica por existir cosa juzgada mediante sentencia C-264/13
- Activación por ciudadano
- Rechazo cuando recae sobre normas amparadas en sentencias que hicieron tránsito a cosa juzgada
- Corrección
- Cumplimiento de requisitos formales
- Trámite
- Carácter rogado de la competencia
- Cosa juzgada absoluta cuando se ha efectuado control abstracto
- Carácter definitivo
- Competencia de la Corte Constitucional
- Diferencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica contra el auto del 5 de agosto de 2013, mediante el cual se rechazó parcialmente la demanda de la referencia.
Luego de pronunciarse respecto a las generalidades del trámite del recurso de súplica, especialmente cuanto el rechazo de una demanda se funda en la existencia de la cosa juzgada constitucional, la Sala Plena CONFIRMA el numeral primero del auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR el numeral
- primero. del auto de 15 de julio de 2013, proferido por el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, por medio del cual se rechazo, en relacion con los cargos formulados respecto del articulo 333 de la Constitucion, la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Ricardo Javier Becerra Restrepo contra el articulo 771-5 del Estatuto Tributario, modificado por el articulo 26 de la Ley 1430 de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.