Micelio
Auto15 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Mónica Jazmín Montero Rodríguez·Demandado Juez 32 Penal Municipal Con Función De Control De Garantías De Medellín Y El Juez 23 Penal Del Circuito De Medellín

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Antioquia y las Salas de Decisión Penal y Constitucional del Tribunal Superior de Medellín.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que los despachos involucrados aplicaron indebidamente las reglas de reparto dispuestas en el Decreto 333 de 2021, otorgándole a este instrumento normativo un alcance inexistente, con lo cual contrariaron la jurisprudencia constitucional, según la cual tales reglas, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se advierte a los operadores jurídicos del caso que, en lo sucesivo, se deben abstener de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidir conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto 14 de diciembre de 2022, proferido por la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Medellín, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por la señora Mónica Jazmín Montero Rodríguez contra el Juez 32 Penal Municipal con Función de Control de Garantías y el Juez 23 Penal del Circuito, ambos de la ciudad de Medellín.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4335 a la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Antioquia y a las Salas de Decisión Penal y Constitucional del Tribunal Superior de Medellín que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Tribunal Administrativo de Antioquia y a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.