Micelio
Auto23 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Alianza Medellin Antioquia Sas Savia Salud Eps·Demandado Ese Hospital San Antonio De Taraza Antioquia

Tema · dato duro
Demanda Ejecutiva Por Sumas De Dinero; Hay Incertidumbre Del Contrato Estatal Que Originó La Obligación Entre Una Entidad Pública Y Un Particular.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Ejecución de títulos valores con origen en un contrato estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 3º Civil del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso ejecutivo promovido por Alianza Medellín Antioquia S.A.S.

Savia Salud E.P.S. en contra de la E.S.E.

Hospital San Antonio de Tarazá (Antioquia), en el cual solicita que se libre mandamiento de pago por una serie de obligaciones contenidas en las facturas de venta emitidas por “reintegro de incentivos y reintegro de aseguramiento”, durante los años 2015 a 2018.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la regla fijada en Auto 403 de 2021, según la cual, la competencia para conocer de un proceso ejecutivo derivado de títulos valores emitidos en virtud de un contrato estatal suscrito entre las mismas partes de la controversia le corresponde a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, conforme con lo previsto en los numerales 2 y 6 del artículo 104 del CPACA.

Por consiguiente, decide remitir el expediente al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Medellín, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el suscitado entre el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Medellín y el Juzgado 3º Civil del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por Alianza Medellín Antioquia S.A.S. Savia Salud E.P.S contra la E.S.E. Hospital San Antonio de Tarazá (Antioquia), le corresponde tramitarla al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Medellín.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1541 al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 3º Civil del Circuito de la misma ciudad y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.