A- de 2024
Ponente Carlos Alberto Atehortúa Ríos
✓Demandante Natalia Angel Cabo Y Otros·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declarar fundado el impedimento por haber sido apoderado, contraparte o asesor de alguna de las partes
- Mecanismo procedimental dirigido a la protección de los principios esenciales de la administración de justicia
- Causales de impedimento serán las previstas en el Código de Procedimiento Penal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La acción de tutela de la referencia se interpuso en contra de la Corte Constitucional con el propósito de que se ordene retirar el crucifijo ubicado en el recinto de su Sala Plena.
Según el actor, se trata de un símbolo religioso y su presencia es incompatible con el pluralismo, la laicidad y la neutralidad del Estado.
Por lo anterior, los magistrados integrantes de la Sala Plena (José Fernando Reyes Cuartas, Natalia Ángel Cabo, Juan Carlos Cortés González, Diana Fajardo Rivera, Vladimir Fernández Andrade, Jorge Enrique Ibáñez Najar, Antonio José Lizarazo Ocampo, Paola Andrea Meneses Mosquera y Cristina Pardo Schlesinger) manifestaron de manera conjunta estar impedidos para tramitar y decidir el presente asunto.
Luego de la manifestación de impedimento conjunto de la totalidad de los integrantes de la Sala Plena de la Corte Constitucional, se procedió al sorteo para a designación de Sala Plena de Conjueces.
Con el presente auto, la precitada Sala declaró FUNDADO el impedimento conjunto y, en consecuencia, se aceptó y se declaró a los magistrados separados del proceso
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DECLARAR que el impedimento presentado por los magistrados José Fernando Reyes Cuartas, Natalia Ángel Cabo, Juan Carlos Cortés González, Diana Fajardo Rivera, Vladimir Fernández Andrade, Jorge Enrique Ibáñez Najar, Antonio José Lizarazo Ocampo, Paola Andrea Meneses Mosquera y Cristina Pardo Schlesinger en proceso contenido el en el expediente T-8.996.071 se encuentra fundado. En consecuencia, se ACEPTA el impedimento formulado y se les declara separados del proceso.
- Segundo. DISPONER que en firme esta decisión, se proceda al sorteo de conjueces que asumirán el conocimiento del proceso en reemplazo de los magistrados a quienes se aceptó el impedimento.
- Comuni´quese y cu´mplase.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.