A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Luisa Beatriz Del Pilar Leguizamon Vaca·Demandado Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Santa Rosa De Viterbo Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia y la Sección Tercera, Subsección A de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la primera Corporación tomó las reglas de reparto contenidas en el numeral 8º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021 para desprenderse del conocimiento del asunto y abstenerse de emitir un pronunciamiento de fondo.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 del 2021.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 4 de julio de 2023 proferido por la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia dentro de la acción de tutela formulada por la señora Luisa Beatriz del Pilar Leguizamón Vaca.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4467 a la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 del 2021.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la accionante y a la Sección Tercera - Subsección A de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado de la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.