A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Yaniri Judyth Madariaga Reyes·Demandado Secretaria De Transito Y Transporte De Popayan
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 5 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta y el Juzgado 1° Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Popayán.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades formularon una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que ambos operadores jurídicos tienen competencia para resolver la acción de tutela deprecada, La Corte en atención al criterio a prevención, asignó su l conocimiento al juzgado al que se le repartió inicialmente la causa, esto es, al 5 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta.
Se remite el expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido el 4 de julio de 2023 por el Juzgado 5 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta (Norte de Santander), en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por la señora Yaniri Judyth Madariaga en contra de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Popayán.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4463 al Juzgado 5 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta (Norte de Santander), para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante y al Juzgado 1° Municipal de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Popayán (Cauca).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.