Micelio
Auto12 de diciembre de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Victor Arias Mejia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Reserva De Nombre
  • Requisitos
  • No procede por cuanto carece de la exposición de razones que justifiquen la excepción a la regla general de publicidad de las providencias de la Corte Constitucional
  • Carácter excepcional
Corte Constitucional
  • Puede decidir si mantiene en reserva los nombres reales de los actores de un proceso de tutela, con la finalidad de proteger los derechos fundamentales
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de reserva de nombres en la publicación de la Sentencia T-699/14.

El memorialista le pidió a la Corporación validar la información publicada sobre él en la página https://www.corteconstitucional.gov.co, porque le está afectando de manera directa para conseguir empleo.

Frente a la armonización del principio de publicidad y los derechos del núcleo íntimo de la persona, la Corte concluyó que la argumentación expuesta por el accionante no fue suficiente para reflejar un impacto constitucional y, por ello, decidió DENEGAR su pretensión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR la solicitud de la reserva de nombres solicitada por el señor Víctor Arias Mejía, por las razones expuestas en el presente auto.
  2. Segundo. Por Secretaría General de la Corte, COMUNICAR de esta decisión al solicitante.
  3. Tercero. Contra esta decisión no proceden recursos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.