A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante De Oficio·Demandado Saenz Pastrana John Jairo Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Cuarenta y Siete Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá.
Al precitado despacho se le asigno un proceso adelantado en contra de varios ciudadanos por los delitos de concierto para delinquir, acceso abusivo a un sistema informático, daño informático, falsedad material en documento público y fraude procesal.
En la audiencia de formulación de acusación el abogado defensor de uno de los implicados solicitó la remisión del expediente a la Justicia Penal Militar, argumentando que su defendido tenía fuero legal como miembro de la Fuerza Pública en servicio activo y por haber actuado en ejercicio de sus funciones como militar.
La autoridad judicial consideró que se estaba frente a conductas de origen común y ordenó la remisión del expediente a la Corte Constitucional para que dirimiera el conflicto.
Teniendo en cuenta que no se acreditó el presupuesto subjetivo y, por tanto, no se configuró conflicto interjurisdiccional alguno, la Sala Plena de la Corporación se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al despacho que lo remitió, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para dirimir el conflicto suscitado por el Juzgado Cuarenta y Siete Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá ante la ausencia del presupuesto subjetivo.
- Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-4413 al Juzgado Cuarenta y Siete Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.