Micelio
Auto7 de diciembre de 2022

A- de 2022

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Departamento De Cundinamarca Y Otro·Demandado Diageo Colombia Sa Y Otros

Tema · dato duro
Controversia Por Acto De Competencia Desleal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción entre la Superintendencia de Industria y Comercio – Delegatura para asuntos jurisdiccionales y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en relación con la autoridad competente para conocer de la acción de competencia desleal promovida por el Departamento de Cundinamarca y la Empresa de Licores de Cundinamarca.

El propósito de la acción es declarar la responsabilidad de las empresas demandadas; ordenar cesar las conductas constitutivas de competencia desleal; e individualizar los perjuicios que esta situación les ha ocasionado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte estableció que la Superintendencia de Industria y Comercio es competente para conocer de las acciones de competencia desleal promovidas por un departamento y una empresa industrial y comercial del Estado cuando se discute actos de competencia desleal descritos en los artículos 7 y 18 de la Ley 256 de 1996.

Lo expuesto, con base en el artículo 24 de la Ley 1564 de 2012.

En consecuencia, se ordenó el envío del expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio para que proceda con lo de su competencia y, comunique la presente decisión a los interesados, así como al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio - Delegatura para asuntos jurisdiccionales y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia de Industria y Comercio - Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales es la autoridad competente para conocer del proceso de competencia desleal promovido por el Departamento de Cundinamarca y la Empresa de Licores de Cundinamarca presentaron en contra de Diageo Colombia S.A., Diageo PLC, Pernod Ricard Colombia S.A. y Pernod Ricard S.A..
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2432 al Superintendencia de Industria y Comercio para que proceda con lo de su competencia y, comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente, así como al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.