A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Guerrero Guerrero Hipolito Vicente Y Otros·Demandado Ramirez Silva Larry Stheferson Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad de actos administrativos o acuerdos de voluntades en los que intervenga una entidad estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Popayán y el Juzgado 006 Civil del Circuito de Popayán, suscitado por una demanda declarativa verbal de nulidad absoluta/relativa de contrato de cesión de inmueble, presentada por unos ciudadanos, en contra de unos ciudadanos, la Alcaldía Municipal de Popayán y la Notaria Segunda de Popayán, por considerar que los demandados firmaron una escritura aclaratoria en la que cedieron de manera gratuita a la Alcaldía de Popayán los derechos hereditarios sobre un predio que debía ser entregado a los demandantes a título de compraventa.
Cumplidos los presupuestos para la configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que la cesión de derechos hereditarios a título gratuito a favor de la Alcaldía se rige bajo las reglas de la donación, conforme los artículos 1443 y 1446 del Código Civil, luego considera que esta demanda debe ser conocida por la Jurisdicción de lo contencioso administrativo y se ajusta a la regla dispuesta en Autos 801/24, reiterada en Autos 241 y 285/22, según la cual, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer las demandas en las que se pretende declarar la nulidad de una escritura pública, si el contenido de dicha escritura contiene un acto administrativo o un acuerdo de voluntades en el que intervenga una entidad estatal.
En caso contrario, el conocimiento de la acción corresponderá a la jurisdicción ordinaria en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre entre el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Popayán y el Juzgado 006 Civil del Circuito de Popayán y DECLARAR que el conocimiento del proceso iniciado por Hipolito Vicente Guerrero y otros en contra de Larry Stheferson Ramírez Silva, Miller Andrés Silva Martínez, Alcaldía Municipal de Popayán y la Notaria Segunda de Popayán corresponde al Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Popayán.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5937 al Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Popayán para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso y para que comunique la presente decisión al Juzgado 006 Civil del Circuito de Popayán y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.