Micelio
Auto15 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Triana Manrique Miguel Angel·Demandado En Averiguacion De Responsables

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 02 Local Residual de Espinal (Tolima) y el Juzgado 179 de Instrucción Penal Militar de Ibagué.

La controversia entre los precitados despachos se originó en la denuncia penal por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto que interpuso un ciudadano en contra de uniformados de la Policía Nacional.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones la Corte se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo.

Ello, por no acreditarse el presupuesto subjetivo y, en consideración, no configurarse conflicto interjurisdiccional alguno, toda vez que, de acuerdo a lo precisado en el Auto 704/21, la legitimación de la Fiscalía para proponer conflictos de competencia en el marco de la Ley 906 de 200414 se circunscribe a casos que versen sobre posibles graves violaciones a los derechos humanos.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 179 de Instrucción Penal Militar de Ibagué, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3046 al Juzgado 179 de Instrucción Penal Militar de Ibagué, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.