A- de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Procurador General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Rechazar de plano el incidente de nulidad en lo que se refiere al cargo relativo al desconocimi
- Denegar los cargos relacionados con la cosa juzgada frente a los matrimonios y las uniones de h
- Presupuestos materiales de procedencia
- Requisitos formales de procedencia
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la sentencia SU.696/15.
El Procurador General de la Nación interpuso incidente de nulidad parcial contra la sentencia de la referencia, con fundamento en la causal de violación de la cosa juzgada constitucional. el Ministerio Público precisó que la nulidad pedida se refiere exclusivamente a la segunda parte de las órdenes impartidas a la Registraduría Nacional, con respecto al nuevo formato de registro civil.
Indicó, que en este punto se efectuó una reinterpretación de las leyes internas, al señalar que los notarios deben aplicar de manera analógica la presunción del artículo 213 del Código Civil.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR de plano el incidente de nulidad en lo que se refiere al cargo relativo al desconocimiento de la cosa juzgada constitucional frente al derecho a la filiación y a las reglas sobre adopción.
Igualmente, decidió DENEGAR los cargos relacionados con la cosa juzgada frente a los matrimonios y las uniones de hecho y los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, por considerar que la mencionada providencia no fue el resultado de una extralimitación en el ejercicio de las competencias que, como juez constitucional de tutela, le atribuyen a la Corte la Constitución y la Ley.
Se recuerda al señor Procurador, que las discrepancias que se tengan con los fallos del juez constitucional no pueden ser óbice para abusar de los recursos procesales como forma de obstaculizar la exigibilidad de las providencias de la Corporación y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, situación que incluso va en contravía del importante mandato de protección que la Constitución le otorgó al Ministerio Público.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente el incidente de nulidad sustentado en la violacion de la cosa juzgada constitucional respecto del derecho a la filiacion y las reglas jurisprudenciales sobre adopcion presentado por el Procurador General de la Nacion contra la sentencia SU-696 de 2015
- Segundo. DENEGAR la nulidad de la sentencia SU-696 de 2015, solicitada por el Procurador General de la Nacion.
- Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.