A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Vilaro Sarmiento Delmira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Cartagena y el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto del conocimiento de la demanda presentada por Colpensiones en contra de la resolución mediante la cual la entidad reconoció una pensión de sobrevivientes a favor de una señora con ocasión de la muerte de un afiliado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión fijada en el Auto 316 de 2021, donde señaló que la jurisdicción de lo contencioso administrativo tiene la competencia exclusiva para conocer las demandas que la administración interpone contra actos administrativos propios, incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.
En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional remitió el expediente al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Cartagena y el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones contra la Resolución SUB 180431 del 24 de agosto de 2020.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2069 al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Cartagena para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 1º Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.