A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Gustavo Eduardo Gomez Aranguren
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica interpuesto en contra del auto que rechazó parcialmente la demanda de inconstitucionalidad de la referencia.
El rechazo se dio porque no se encontró que el actor hubiera cumplido con los requisitos argumentativos exigidos desde el auto de inadmisión.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR el recurso formulado, por cuanto corroboró que el demandante se limitó a reiterar los argumentos de la demanda, sin identificar mínimamente los presuntos errores en que incurrió el auto cuestionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado contra el Auto del 24 de enero de 2022 proferido por el magistrado Alberto Rojas Ríos dentro del expediente D-14536, el cual rechazó parcialmente la demanda de inconstitucionalidad formulada por el señor Gustavo Eduardo Gómez Aranguren contra los artículos 13 numeral 13.3; 27 parágrafo transitorio y 147 del Decreto 071 de 2020 "Por el cual se establece y regula el Sistema Específico de Carrera de los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se expiden normas relacionadas con la administración y gestión del talento humano de la DIAN".
- SEGUNDO. Por Secretaría General, NOTIFICAR por estado al demandante, sobre el contenido de esta providencia, sin perjuicio de su comunicación al correo electrónico gomezarangurenconsultoria@gmail.com indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-14536.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.