A- de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Hernando Martinez Arias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se confirma por cuanto demandante no corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
El rechazo se dio porque los argumentos presentados en el escrito de corrección de la demanda no subsanaron los defectos advertidos en el auto de inadmisión, esto es, la falta de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia.
La Sala Plena de la Corporación decide desestimar el recurso formulado y CONFIRMAR la providencia recurrida, por cuanto el actor no presentó los argumentos que desvirtuaran las razones del rechazo de la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el auto del 2 de marzo de 2018, proferido por el Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el proceso D-12550, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Hernando Martinez Arias, contra los articulos 3o (parcial) de la Ley 35 de 1993 y 2o (parcial) del Decreto 663 de 1993.
- SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
- TERCERO. Ejecutoriada esta decision, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.