Micelio
Auto4 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Hernando Martinez Arias

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se confirma por cuanto demandante no corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

El rechazo se dio porque los argumentos presentados en el escrito de corrección de la demanda no subsanaron los defectos advertidos en el auto de inadmisión, esto es, la falta de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia.

La Sala Plena de la Corporación decide desestimar el recurso formulado y CONFIRMAR la providencia recurrida, por cuanto el actor no presentó los argumentos que desvirtuaran las razones del rechazo de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el auto del 2 de marzo de 2018, proferido por el Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el proceso D-12550, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Hernando Martinez Arias, contra los articulos 3o (parcial) de la Ley 35 de 1993 y 2o (parcial) del Decreto 663 de 1993.
  2. SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decision, archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.