A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Fliesser Mario Ernesto·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad del auto de la Sala la exclusión de Selección número ocho del 30 de agosto de 2024, mediante del cual se dispuso la exclusión del expediente T-10.435.086.
El peticionario propuso como causal que el magistrado Juan Carlos Cortés González omitió manifestar su impedimento respecto de la selección del expediente de la referencia y aludió al numeral 4 del artículo 56 de la Ley 906 de 2004.
La Sala Plena de la Corporación consideró que la argumentación del memorialista no mostró una violación cualificada del debido proceso, sino que se basó en una opinión infundada sobre lo que presumió que ocurrió en el trámite.
Por su parte, el razonamiento no siguió una línea de inferencia lógica, en la medida en que no existió una relación causal entre la endilgada vulneración al debido proceso y la omisión del deber de manifestar un supuesto impedimento por el conocimiento previo de un asunto en el marco del control abstracto de constitucionalidad, que en nada interfiere en la función de selección de procesos de tutela.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ por falta de carga argumentativa la nulidad invocada.
Se conminó al peticionario para que, en lo sucesivo, se abstenga de utilizar lenguaje irrespetuoso, injurioso y amenazante hacia los magistrados, magistradas y otros servidores de la Corte Constitucional, so pena de proceder a hacer uso de los poderes correccionales previstos en el artículo 44 del Código General del Proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, la solicitud de nulidad presentada por Mario Ernesto Fliesser contra el auto del 30 de agosto de 2024, proferido por la Sala de Selección de Tutelas Número Ocho de 2024, de conformidad con lo expuesto en la presente providencia.
- SEGUNDO. CONMINAR a Mario Ernesto Fliesser para que, en lo sucesivo, se abstenga de utilizar lenguaje irrespetuoso, injurioso y amenazante hacia los magistrados, magistradas y otros servidores de la Corte Constitucional. De lo contrario, la Sala procederá a hacer uso de los poderes correccionales previstos en el artículo 44 del Código General del Proceso.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General de la Corte Constitucional, se comunique la decisión adoptada en esta providencia al solicitante, indicando que contra la misma no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.