Micelio
Auto15 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Avila Hernandez Noe·Demandado Ministerio Del Interior De Justicia Y Otros

Tema · dato duro
Demanda En Las Que Se Pretende El Reconocimiento Y Pago De Acreencias Derivadas De Una Relación Laboral Con Una Sociedad De Economía Mixta, Que Tiene Como Regla General De Vinculación La Del Trabajador Oficial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Primero Civil del Circuito de La Dorada (Caldas).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra de la Nación-Ministerio del Interior y de Justicia y otros, buscando la declaratoria de nulidad del oficio que negó el reconocimiento y pago de los valores dejados de percibir, así como el reconocimiento de salarios, prestaciones sociales e indemnización por retiro sin justa causa, entre otras pretensiones.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones determinó la Corte que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer las demandas en las que: (i) se pretende el reconocimiento y pago de acreencias derivadas de la existencia de una relación laboral con una sociedad de economía mixta, que tiene como regla general de vinculación la del trabajador oficial; y (ii) con un análisis preliminar de las funciones del demandante no es posible evidenciar la naturaleza de su vínculo.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de La Dorada para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la jurisdicción de lo contencioso administrativo y la jurisdicción ordinaria, en el sentido de DECLARAR que le corresponde a la jurisdicción ordinaria (Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de La Dorada) conocer la demanda promovida por el señor Noé Ávila Hernández.
  3. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-3601 al Juzgado
  4. Primero. Civil del Circuito de La Dorada para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado
  5. Octavo. Administrativo del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.