Micelio
Auto13 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Santana Leon Set Mauricio·Demandado Departamento Del Atlantico

Tema · dato duro
La Jurisdicción Ordinaria, En Su Especialidad Civil, Es La Competente Para Conocer Las Controversias En Las Que Se Reclama Ejecutivamente El Pago De Una Obligación Contenida En Un Acto Administrativo Proferido Por El Agente Liquidador Que Reconoce Una Acreencia Dineraria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias dinerarias reconocidas mediante actos administrativos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Soledad, Atlántico, y el Juzgado Quinto Administrativo Oral de Barranquilla, suscitado por una demanda ejecutiva presentada por un ciudadano, en contra del Departamento del Atlántico, en su condición de sucesor del Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad E.S.E., por medio del cual solicita librar mandamiento de pago por concepto, entre otros, de unos valores resultantes de contratos de prestación de servicio como ginecólogo, obligación que se encuentra contenida en una resolución.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la obligación, contenida en la resolución proferida por la liquidadora del extinto Hospital Juan Domínguez Romero E.S.E., es un acto administrativo, en el que se reconoce una acreencia dineraria a favor del demandante, y el Departamento del Atlántico es sucesor de las obligaciones del extinto Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad E.S.E.

Bajo esos lineamientos, la Sala considera que el caso se ajusta a la regla de decisión prevista en Auto 358 de 2023 según la cual, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es competente para conocer la ejecución de actos administrativos expedidos por los agentes liquidadores, en los cuales se reconocen acreencias dinerarias, en los términos de la cláusula general de competencia prevista por el artículo 15 del Código General del Proceso, lo cual incluye las demandas que se presenten en contra de un ente territorial que asumió el pago de las obligaciones de la empresa liquidada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  2. Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Soledad, Atlántico, conocer el proceso judicial promovido por Set Mauricio Santana León contra el Departamento del Atlántico en su condición de sucesor del Hospital Departamental Juan Domínguez Romero de Soledad E.S.E. en Liquidación.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5990 al Juzgado
  4. Cuarto. de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Soledad, Atlántico, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al el Juzgado
  5. Quinto. Administrativo Oral de Barranquilla y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.