A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Nueva Eps·Demandado Superintendencia Nacional De Salud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Tres Laboral del Circuito de Bogotá y la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso la Nueva EPS en contra del acto administrativo emitido por la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el cual le ordenó la restitución de recursos al FOSYGA por la supuesta apropiación o reconocimiento sin justa causa de recobros por concepto de la causal Régimen Especial y de Excepción, al igual que contra la resolución que confirmó la precitada orden.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1165/21 mediante la cual se estableció que, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo el conocimiento de los procesos en los que se pretenda la nulidad de los actos administrativos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud mediante los cuales se ordena a una EPS el reintegro de dineros al FOSYGA por supuestos pagos injustificados del flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, conforme lo preceptuado en los artículos 104, 138 y 155 del CPACA.
Con base en lo anterior, se remitió el expediente la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales y demás interesados en el trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Tres Laboral del Circuito de Bogotá y la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el sentido de DECLARAR que le corresponde a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conocer la solicitud de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Nueva Empresa Promotora de Salud S.A - Nueva EPS contra la Superintendencia Nacional de Salud.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3521 a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Treinta y tres Laboral del Circuito de Bogotá, a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.