Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por falta de legitimación
- Se rechaza por improcedente debido a la falta de legitimación del solicitante
- Rechazar por incumplir requisito de legitimación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración, adición y nulidad de la Sentencia C-407/20.
El ICBF solicitó a la Corporación aclarar los numerales primero y cuarto de la parte resolutiva del precitado fallo, por generar dudas.
Así mismo, pidió adicionar la providencia para retirar del ordenamiento jurídico la expresio´n “previamente definidos”, porque de no hacerlo dejaría un enorme vacío jurídico emanado de la decisión allí contenida.
Para fundamentar la nulidad invocada, la entidad propuso tres cargos (i) incongruencia entre la parte motiva y la resolutiva que hace ininteligible la decisión adoptada; (ii) elusión arbitraria de un asunto de relevancia constitucional; y (iii) desconocimiento injustificado del precedente constitucional.
La Corte concluyó que el ICBF no se encuentra legitimado para presentar ninguna de las tres peticiones formuladas, dado que no tiene la calidad de interviniente en el expediente D-13458 que dio lugar a la expedición de la Sentencia C-407/20, toda vez que su participación fue en el marco de una invitación, lo que no le extiende las calidades ya descritas de interviniente.
Por lo anterior, las solicitudes invocadas se RECHAZAN por falta de legitimación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (26 puntos)
- Primero. RECHAZAR las solicitudes de aclaración y adición de la Sentencia C-407 de 2020 presentada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. RECHAZAR la solicitud de nulidad de la Sentencia C-407 de 2020 presentada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por los motivos señalados en la parte motiva de este auto.
- Tercero. INFORMAR a la entidad peticionaria que contra el presente auto no procede recurso alguno.
- Cuarto. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a la entidad peticionaria.
- Comuníquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- Ausente con excusa
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- Con aclaración de voto
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.