A- de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Gonzalez Sierra Doris·Demandado Ministerio De Defensa Ejercito Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Villavicencio y el Juzgado 010 Civil Municipal de Villavicencio, causado por una demanda ejecutiva administrativa presentada por una ciudadana, en contra de la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, con el fin de que se libre a su favor mandamiento de pago por el valor contenido en unos cheques, por concepto de suministro de víveres al Batallón de Infantería No. 29 “TG.
German Ocampo Herrera”.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena aduce que no obra en el expediente prueba que permita establecer que la demandante y el Ejército Nacional hayan celebrado un contrato estatal.
En efecto, la accionante adujo sobre la existencia de un contrato de suministro, sin embargo no adjuntó copia del mencionado contrato estatal, que diera origen al título ejecutivo que pretende cobrar y únicamente adjuntó este último, que busca hacer efectivo.
Por otro lado, el extremo pasivo de la demanda está conformado por una entidad pública, esto es, el Ejército Nacional.
Por ello, la Sala considera pertinente aplicar lo previsto en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 y en el Auto 232/23 que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es competente para conocer sobre procesos ejecutivos promovidos contra entidades públicas (…), en los casos en los que el juez del conflicto no tuviere certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título valor que se pretende ejecutar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 010 Civil Municipal de Villavicencio y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Villavicencio y DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Villavicencio es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Doris González Sierra contra la Nación - Ministerio de Defensa - Ejército Nacional.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5928 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Villavicencio para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 010 Civil Municipal de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.