A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Subred Integrada De Servicios De Salud Centro Oriente·Demandado Caprecom En Liquidacion Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una acción de nulidad y restablecimiento del derecho impetrada por la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE con el objeto de que se invalide la Resolución, mediante la cual, la FIDUPREVISORA, en calidad de agente liquidador de CAPRECOM en liquidación, rechazó el pago de una acreencia a su favor.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 477 de 2021, mediante la cual se estableció que, corresponde a los jueces contencioso administrativos el conocimiento de los asuntos que se ventilen en ejercicio del control sobre actos administrativos proferidos por el agente liquidador de entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, relativos a la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, conocer del proceso promovido por la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE contra la Fiduciaria La Previsora S.A., en su calidad de agente liquidador de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3432 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Laboral y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.